 |
| Carreras de Posgrado |
|
Reglamento de Posgrados Académicos:  
Resolución CSU-367/2026
|
|
Importante: Normativa Complementaria para los Posgrados Académicos del Dto. de Matemática
|
| |
|
|
|
| |
Doctorado en Matemática
Acreditado por la CONEAU con categoría A - Resolución y Anexo
|
La carrera de doctorado presenta una modalidad en la que se conjugan los aspectos
personalizados y estructurados. Esto es así pues si bien cada doctorando realiza un
número determinado de cursos, en su mayoría referidos a la temática del trabajo de
tesis, los mismos se toman de un conjunto de cursos de postgrado que el Departamento de
Matemática ofrece regularmente para alumnos de postgrado [Ver].
|
| Requisitos: |
Para ingresar a la carrera de doctorado, el postulante deberá presentar una solicitud de admisión, avalada por el director de tesis, en la que constará el tema de tesis, el plan de trabajo, el plan de cursos y seminarios a realizar y el idioma extranjero elegido. El plan de estudios se mide en horas de interacción pedagógica, debiendo reunir el postulante un mínimo de trescientas (300) horas distribuidas en al menos cinco (5) cursos y/o seminarios aprobados.
Dicha solicitud debe ser evaluada en primera instancia por la Comisión Académica de la carrera y la Comisión Asesora de Posgrados Académicos (CAPA) del Departamento. Luego de obtener el dictamen de la Comisión de Estudios de Posgrados Académicos (CEPA) de la Subsecretaría de Posgrado de la UNS, las actuaciones se elevan al Consejo Departamental para que este emita la resolución de inscripción correspondiente.
El alumno inscripto en el doctorado cuenta con un plazo máximo de siete (7) años para presentar su trabajo de tesis. Por motivos justificados, el Departamento podrá otorgar prórrogas de hasta un (1) año, renovables por un máximo de tres (3) años adicionales en total.
La lista de documentos a presentar para la inscripción puede hallarse aquí.
|
| Director de tesis: |
La dirección de la tesis está a cargo de la directora o director, quien es propuesto por el ingresante (con su conformidad) al momento de solicitar la admisión. La propuesta debe ser evaluada por la Comisión Académica de la carrera y la Comisión Asesora de Posgrados Académicos (CAPA) del Departamento, y contar con el dictamen de la Comisión de Estudios de Posgrados Académicos (CEPA) de la Subsecretaría de Posgrado previo a su formalización por resolución del Consejo Departamental. Sus funciones son dirigir, asesorar y supervisar la formación del tesista, la elaboración de la tesis y el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Para ejercer la dirección, es requisito obligatorio poseer un grado académico igual o superior al de Doctor/a. Asimismo, el docente propuesto debe acreditar una producción científica significativa en los últimos cinco (5) años que incluya publicaciones con revisión por pares y esté preferentemente vinculada a la temática de la tesis. Este último requisito de producción reciente se considera satisfecho por la trayectoria académica en el caso de Profesoras/es Eméritas/os y Consultas/os de la UNS, o mediante antecedentes equivalentes fundados para Profesoras/es Honorarias/os de la institución.
|
| Doble dirección o Codirección: |
Cuando las características de la investigación o la distancia geográfica entre el director y el tesista lo requieran, la normativa prevé la figura de la doble dirección, la cual debe estar respaldada por una justificación académica evaluada por la Comisión Académica de la carrera y avalada por la Unidad Académica correspondiente. Bajo esta modalidad de dirección compartida, ambos directores asumen exactamente la misma responsabilidad sobre el desarrollo del trabajo de investigación y deben cumplir individualmente con la totalidad de los requisitos de idoneidad exigidos para la dirección de tesis. Como restricción de transparencia, se establece que los directores no pueden tener vínculos conyugales ni de parentesco hasta el segundo grado entre sí, ni tampoco con el propio estudiante.
Por otra parte, la figura de la codirección se orienta a una función de colaboración, asesoramiento y supervisión en la formación del tesista, la preparación de la tesis y el control de los requisitos académicos. Esta propuesta debe ser expresamente justificada por el director de la tesis y evaluada por las instancias académicas de la carrera. Para desempeñarse como codirector, es obligatorio poseer un grado académico igual o superior al de Doctor, no dirigir o codirigir a más de siete estudiantes en forma simultánea, y no tener relación de parentesco directa con el tesista ni con el director de la tesis. Asimismo, el profesional propuesto debe acreditar una producción científica reciente con evaluación por pares —salvo en los casos de profesores eméritos, consultos u honorarios de la UNS— y contar con un vínculo institucional aprobado o, en el caso de docentes universitarios, una categoría docente-investigadora de nivel IV o superior en programas como PRINUAR o sus equivalentes.
|
|
Imprimir   Volver
|
| |
| |
Magister en Matemática
Acreditado por la CONEAU con categoría A - Resolución y Anexo
|
La carrera de magíster presenta una modalidad en la que se conjugan los aspectos
personalizados y estructurados. Esto es así pues si bien cada alumno realiza un número
determinado de cursos, en su mayoría referidos a la temática del trabajo de tesis, los
mismos se toman de un conjunto de cursos de postgrado que el Departamento de Matemática
ofrece regularmente para alumnos de postgrado [Ver].
|
| Requisitos: |
Para ingresar a la carrera de magíster, el postulante deberá presentar una solicitud de admisión, avalada por el director de tesis, en la que constará el tema de tesis, el plan de trabajo, el plan de cursos y seminarios a realizar y el idioma extranjero elegido. El plan de estudios se mide en horas de interacción pedagógica, debiendo reunir el postulante un mínimo de quinientas cuarenta (540) horas distribuidas en cursos, seminarios y otras actividades de esa índole.
Dicha solicitud debe ser evaluada en primera instancia por la Comisión Académica de la carrera y la Comisión Asesora de Posgrados Académicos (CAPA) del Departamento. Luego de obtener el dictamen de la Comisión de Estudios de Posgrados Académicos (CEPA) de la Subsecretaría de Posgrado de la UNS, las actuaciones se elevan al Consejo Departamental para que este emita la resolución de inscripción correspondiente.
El alumno inscripto en la maestría cuenta con un plazo máximo de cinco (5) años para presentar su trabajo de tesis. Por motivos justificados y bajo solicitud avalada por la dirección de tesis, el Departamento podrá otorgar prórrogas de hasta un (1) año, renovables por hasta un máximo de tres (3) años adicionales en total.
La lista de documentos a presentar para la inscripción puede hallarse aquí.
|
| Director de tesis: |
La dirección de la tesis está a cargo de la directora o director, quien es propuesto por el ingresante (con su conformidad) al momento de solicitar la admisión. La propuesta debe ser evaluada por la Comisión Académica de la carrera y la Comisión Asesora de Posgrados Académicos (CAPA) del Departamento, y contar con el dictamen de la Comisión de Estudios de Posgrados Académicos (CEPA) de la Subsecretaría de Posgrado previo a su formalización por resolución del Consejo Departamental. Sus funciones son dirigir, asesorar y supervisar la formación del tesista, la elaboración de la tesis y el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Para ejercer la dirección, es requisito obligatorio poseer un grado académico igual o superior al que aspira el tesista (título de Magíster o Doctor/a). Asimismo, el docente propuesto debe acreditar una producción científica significativa en los últimos cinco (5) años que incluya publicaciones con revisión por pares y esté preferentemente vinculada a la temática de la tesis. Este requisito de producción reciente se considera satisfecho por la trayectoria académica en el caso de Profesoras/es Eméritas/os y Consultas/os de la UNS, o mediante antecedentes equivalentes para Profesoras/es Honorarias/os de la institución.
|
|
Imprimir   Volver
|
|
|